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¿Cuáles son las sanciones por no generar Facturación Electrónica? 1 год назад


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¿Cuáles son las sanciones por no generar Facturación Electrónica?

Como ya te hemos contado en nuestros otros videos, la Facturación Electrónica es obligatoria para todas las empresas que cumplas con las condiciones mencionadas en la Resolución 042 de 2020. Pero como sabemos que hay personas que se querrán pasar de vivas, en este video te contamos las sanciones a las que te podrías estar exponiendo si no generas tu Facturación Electrónica. Si no cumples, podrías recibir una sanción representada en una multa equivalente al 1% de tus operaciones registradas, sin exceder los 950 UVT. Si incumples los plazos establecidos serán 15 mil UVT. Además, los establecimientos comerciales, oficinas o lugares destinados para el ejercicio comercial o profesional estarán sujetos a sanciones como el cierre temporal del local o de tipo económico. Sanción de cierre de comercios Esto pasa cuando los establecimientos incumplen con su obligación básica de facturar al no poder comprobar el registro de la documentación sobre la entrega de bienes o prestación de servicios que hayan realizado en su actividad, y esto llevará a una clausura que se hará oficial desde la imposición de sellos oficiales con la leyenda “cerrado por evasión”. Esta sanción se da cuando los emisores incumplen con los siguientes puntos: 1. Indicar el NIT del vendedor o el nombre y apellido razón social de quien presta el servicio. 2. Contener el NIT del adquiriente de los bienes y servicios, y el nombre con apellido o razón social junto con la discriminación del IVA pagado. 3. Llevar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de venta. 4. Tener la descripción específica o genérica de los artículos que la empresa vendió o los servicios que prestó. 5. Señalar el valor total de la operación Sanción económica Esto equivale al 1% del valor de las operaciones activadas sin el cumplimiento de los requisitos legales. Es decir: si la factura estaba expedida por un valor de 1 millón, la multa será por 10 mil pesos. Recuerda que esta sanción se aplica a cada factura emitida de manera incorrecta. Por esto la sanción puede crecer exponencialmente. - Sanción por enviar con error Aplica cuando la información suministrada a la DIAN presenta errores o no corresponde con lo solicitado. Según el artículo 651 del Estatuto Tributario, puede ser una multa que no supere las 15.000 UVT, teniendo en cuenta los siguientes criterios: 1. Si no suministras los datos, el valor será de 5% sobre las sumas de las facturas de las que no se suministró la información exigida. 2. Cuando los datos se dieron de forma errónea aplica un 4% sobre las sumas. 3. Si los datos se suministraron de forma extemporánea aplica el 3% sobre las sumas. Y como sabemos que todos estos parecen demasiados datos para tener en cuenta, lo mejor es que cuentes con un aliado como Siigo. Nuestros asesores están listos para atenderte y ayudarte a evitar cometer errores y recibir sanciones, comunícate con ellos aquí: http://bit.ly/40HWJs9 Si deseas ampliar tu conocimiento en Facturación Electrónica, este contenido te gustará: Conoce el ABC de la Facturación Electrónica en: http://bit.ly/3GPThmN

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